Deporte Risaraldense

Parqueadero del Coliseo Mayor, a manos de la Secretaría de Deporte

El parqueadero del Coliseo Mayor Rafael Cuartas Gaviria, después de 13 años, volvió a ser administrado por la Secretaría de Deporte y Recreación de Pereira, tras hacer efectiva la sentencia proferida por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Risaralda.


Este proceso, el cual se llevó a cabo gracias al trabajo en conjunto que adelantaron las secretarías de Hacienda, Jurídica, Deportes y Recreación y la dirección de Bienes Inmuebles, se da luego de que la sala primera fallara a favor de la Alcaldía municipal del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia proferida por el Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Pereira, mediante la cual se declaró la caducidad del medio de control de controversias contractuales.


El establecimiento de comercio ‘Parqueadero la Séptima’ suscribió el contrato de arrendamiento N°013 del 11 de julio de 2006 con la Secretaría de Deportes (en ese entonces Instituto Municipal de Deporte y Recreación -Inder Pereira) por el término de 5 meses y 19 días contados a partir de la fecha, y bajo un valor de $2.440.000.

En virtud de la liquidación del Inder Pereira se cedió la totalidad del contrato de arrendamiento al municipio de Pereira mediante contrato de cesión 000034 del 29 de diciembre de 2006.


A partir del 13 de marzo de 2007 y refrendado con el acta de terminación bilateral del 29 de diciembre de 2007, la parte demandada, es decir, quienes actuaron como dueños y administradores del ‘Parqueadero la Séptima’, aceptó la entrega del inmueble.

Sin embargo, en las diferentes diligencias adelantadas por la Secretaría
de Desarrollo Administrativo del municipio se manifestó la no entrega voluntaria del mismo.


Esto llevó desde entonces un pleito judicial entre el Municipio de Pereira y la parte demandada que llegó a feliz término 13 años después cuando el Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Pereira declaró la caducidad del mismo, anunciando que si bien inicialmente se pactó un contrato de arrendamiento, al encontrarse prohibida por imperio de la ley su prórroga, su fecha de terminación marcó el final de la relación contractual y continuar con la ocupación permanente de un bien público y al no existir una renovación o prórroga del contrato, ni tampoco un proceso
de selección para arrendar nuevamente el inmueble, una vez firmada el acta de terminación del contrato del día 29 de julio de diciembre de 2006, se configura una ocupación ilegal del inmueble y da atribuciones al Alcalde solucionar el problema y disponer mediante la resolución del caso, el desalojo y/o entrega del bien.


De esta forma se procedió a la recuperación del ‘Parqueadero la Séptima’ en
diligencia cumplida por funcionarios del Gobierno de la Ciudad, a lo cual la parte demandada realizó el desalojo de todos los elementos, vehículos, motocicletas y demás artículos que allí se encontraban bajo los administradores del parqueadero y entrega pacífica otorgaron nuevamente las llaves de este bien a la Secretaría de Deporte y Recreación de Pereira.

(Prensa Alcaldía de Pereira)

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